Estoy iniciando un nuevo empleo y por ende viene el mes de Diciembre, me acaban de decir que en diciembre se me adelantaran vacaciones 4 dias y en agosto 2 dias. quedando cuando cumple el año solamente 6 dias. se puede?
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Están p#nd$j%. El artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo dice:
Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.